Saltar al contenido

CONPYMES demanda a la Comunidad de Madrid por la concesión de subvenciones a dedo

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por CONPYMES

La Confederación Nacional de Pymes (CONPYMES), organización nacional que representa a más de 2 millones de pymes y autónomos en España, ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo -ya admitido a trámite por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid- contra la Orden de 13 de marzo de 2025, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones para la concesión de una subvención a la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) y a la Confederación Española de Jóvenes Empresarios (CEAJE) para la realización de actuaciones de asesoramiento, por entender que no se ajusta a Derecho.

Teniendo en cuenta que ambas organizaciones forman parte de CEOE, CONPYMES considera que la concesión de 3 millones de euros de forma directa a entidades afines es contraria a los intereses públicos, a la Constitución y a las Leyes e intereses de otras organizaciones empresariales que no pueden acceder a estas subvenciones en igualdad de oportunidades.

CONPYMES pone de manifiesto que no se respeta la ley ni los pasos establecidos en el artículo 103 de la Constitución Española, que establece los principios rectores de la Administración Pública, indicando, literalmente que “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”.

El presidente de CONPYMES, José María Torres, ha remarcado que “la Administración Pública debe actuar sin preferencias ni discriminaciones, buscando el bien común y no actuando sin justificación y sin respetar lo expuesto en la Ley General de Subvenciones”.

Por otro lado, CONPYMES recuerda que ya hubo una sentencia del Tribunal Supremo en la que dio la razón a CONPYMES y anuló el Real Decreto 1027/2022, de 20 de diciembre, por el que se regulaba la concesión de subvenciones directas y exclusivas para los llamados “interlocutores sociales más representativos”. En este sentido, la sentencia del Alto Tribunal declaró anulado un decreto ley que otorgaba 30,6 millones de euros para CEOE-Cepyme y UGT para cursos de formación en digitalización.

Asimismo, el Tribunal Supremo fue muy claro cuando dijo que “no son los sindicatos de clase y la patronal los únicos interlocutores representativos, por lo que la idea de posición única carece de toda justificación”, asumiendo por parte de la Justicia que otros interlocutores deben poder participar de estas subvenciones.

El fallo del Supremo estimó el recurso planteado por la Confederación Nacional de Pymes (Conpymes) y anuló el Real Decreto 1027/2022, de 20 de diciembre, que reguló la concesión directa de subvenciones “al no haberse acreditado circunstancias que impidiesen el procedimiento ordinario de convocatoria pública previsto en la Ley General de Subvenciones”.

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.